Esta empresa se rige por las leyes y nomas establecidas por el Gobierno Peruano. Las mismas que presentamos a continuación para el conocimiento de el publico en general, asociados y autoridades
La Ley de Protección de Datos Personales es una normativa que tiene como objetivo garantizar el derecho fundamental a la privacidad de las personas mediante el adecuado tratamiento de sus datos personales.
¿Qué establece esta ley?
Regula el tratamiento de datos personales, es decir, cómo se recopilan, almacenan, usan, comparten y eliminan.
Aplica tanto a entidades públicas como privadas que gestionen datos personales.
Exige que el tratamiento de datos se haga con consentimiento informado del titular.
Obliga a informar sobre la finalidad del uso de los datos y a garantizar su seguridad.
Reconoce derechos como:
Oposición al uso de los datos
Acceso a los datos
Rectificación de información incorrecta
Cancelación de datos innecesarios
¿Qué pasa si no se cumple?
El incumplimiento puede generar:
Multas económicas
Prohibición de tratar datos personales
En casos graves, incluso responsabilidad penal
¿Qué es?
Es una ley que protege los derechos de los consumidores frente a los proveedores de bienes y servicios. Fue promulgada en 2010 y actualizada recientemente en 2025.
Finalidad
Garantizar que los consumidores accedan a productos y servicios adecuados, seguros y de calidad.
Reducir la asimetría informativa entre consumidores y proveedores.
Promover una relación justa y transparente en el mercado.
Principios fundamentales
Derechos del consumidor
Recibir productos y servicios seguros y adecuados.
Acceder a información veraz y oportuna.
Ser protegido contra publicidad engañosa o métodos abusivos.
Reclamar y recibir soluciones eficaces ante problemas de consumo.
Participar en asociaciones de consumidores para defensa colectiva.
Aplicación y sanciones
Aplica a todas las relaciones de consumo en Perú, incluso en etapas preliminares.
Indecopi es la autoridad encargada de supervisar y sancionar infracciones.
Las sanciones pueden incluir multas, clausuras o medidas correctivas
Objetivo de la Ley
La ley declara al turismo como actividad de interés nacional y lo establece como una política prioritaria del Estado para el desarrollo económico, social y cultural del país.
Principios Rectores
La ley se basa en varios principios fundamentales:
Desarrollo sostenible: Conservación del patrimonio cultural y natural.
Inclusión y no discriminación: Participación de grupos vulnerables y respeto por la diversidad.
Fomento de la inversión privada: Incentivos para el desarrollo turístico.
Descentralización: Participación activa de gobiernos regionales y locales.
Organización Institucional
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) es el ente rector.
Se promueve la coordinación interinstitucional entre entidades públicas y privadas.
Planificación Turística
Se establecen instrumentos como el Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR), los Planes Regionales (PERTUR) y los Planes Locales (PDTL).
Se crea el Sistema Integral de Información para la Gestión del Turismo (SIIGTUR) y los Observatorios Turísticos
Oferta Turística
Se regula la promoción de la inversión, la categorización de prestadores de servicios turísticos, y la creación de Zonas de Desarrollo Turístico Prioritario.
Se incluyen nuevos tipos de turismo: comunitario, espiritual, vivencial, de aventura, místico, entre otros.
Protección al Turista
Se establecen medidas para la seguridad, accesibilidad y calidad de los servicios.
Se incorpora un enfoque explícito contra la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes (ESNNA)
Turismo Social y Recursos Humanos
Se fomenta el turismo social como herramienta de inclusión.
Se promueve la formación continua de los trabajadores del sector turístico.